LIME
Asesoría laboral "on-line" a nivel nacional
Este 1/01/23, nacen esperanzas hacia la felicidad, cuál se logrará practicando el amor hacia el prójimo, de la mano con la paz, la lealtad y la sinceridad, pilares del valor humano perdido.
30/12/2022
Normativo que aprueba el pago del bono extraordinario de 550 soles. ...solo es cuestión de tiempo!
28/12/2022
Debe concluir el nombramiento al 100% de los grupos excluidos, así insta el ministerio de salud como ente rector.
06/12/2022
Nombramiento al 20% para personal de MINSA CAS a partir del 2023.
BONO POR CUMPLIMIENTO DE METAS 2022
El personal de la salud comprendido en el DL N°1153 que regula la nueva política remunerativa del sector y el personal del régimen laboral del Decreto Legislativo 276 recibirán una entrega económica anual por el cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios de salud realizado.
Por ejemplo, de acuerdo al porcentaje global del cumplimiento de logros que muestren los médicos cirujanos recibirán S/.1370 si alcanzan entre el 60 y 70 por ciento de desempeño. De acuerdo con el rango establecido, de haber logrado un cumplimiento del 95 por ciento o más, recibirán S/. 4,568.
Para el caso de los cirujanos dentistas, químicos farmacéuticos, obstetras, enfermeros, médicos veterinarios, biólogos, psicólogos, nutricionistas, ingenieros sanitarios, asistentas sociales y tecnólogos médicos y químicos, recibirán S/.2,239 si su cumplimiento de metas es igual o superior al 95 por ciento; y si el cumplimiento oscila entre el 60 y 70 por ciento la compensación será de S/.672.
En tanto que los técnicos especializados de los servicios de fisioterapia, laboratorio y rayos X pueden recibir entre S/.585 y S/.1949 dependiendo del nivel de cumplimiento de sus metas institucionales.
El personal de salud técnico asistencial y auxiliar asistencial recibirán una compensación entre S/.510 y S/. 1,951 dependiendo de su categorización como servidor profesional, técnico o auxiliar.
Estas entregas económicas se hacen en base a lo dispuesto en el DS N°116-2014-EF que aprobó los criterios técnicos para la asignación de esta entrega económica.
FUENTE MINSA
15/11/2022
CONTINUA DESPLAZAMIENTO DE PERSONAL CAS COVID A ESTABLECIMIENTOS DE SALUD SEGUN NECESIDAD DE SERVICIO
15/11/2022
¡cuando por alguna razón regresas a una universidad ...!
Saludos virtuales a los doctores de la promoción 2017
LAS DOS PATAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Según apreciación de la población, El TC entiende que la naturaliza jurídica del Sistema Privado de Pensiones (SPP) no corresponde a la seguridad social. En consecuencia, la medida prevista en el artículo 1 de la ley impugnada, no incide en el contenido constitucional de intangibilidad de los fondos de la seguridad social”, se leía en la resolución compartida.
No obstante, el portal web del TC después consigna una versión diferente a la original. En esta se lee que el organismo constitucional, por mayoría, sí considera al Sistema Privado de Pensiones como parte de la seguridad social.
05/10/2022
Mucho frío, INTOLERABLE es menor de 1. 7 en costa peruana, cuál puede continuar por un año más, así proyecta meteorológia según NCEF
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