Estudio Contable Anka
Asesoría Contable, Tributario y Laboral. Actualización de Libros contables, declaración de Impuestos mensual y anual. Presentación de Planilla, PLE.
07/04/2026
Estudio Contable Anka, brindamos asesoría contable, tributario y laboral. Te ayudamos a llevar tu contabilidad ordenada y actualizada para que cumplas con tus obligaciones tributarias y evite de las preocupaciones.
03/04/2026
16/01/2025
AMPLÍAN PORCENTAJES DEL RÉGIMEN DE GRADUALIDAD DE LA INFRACCIÓN POR NO PRESENTAR LAS DDJJ QUE CONTENGAN LA DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS
Mediante Resolución de Superintendencia N° 000007-2025/SUNAT publicada hoy, martes 14 de enero, se ha modificado el Régimen de Gradualidad de la infracción por no presentar las DDJJ que contengan la determinación de la obligación tributaria dentro de los plazos establecidos, establecida en el numeral 1 del artículo 176° del Código Tributario. Con esta modificación, los perceptores de rentas empresariales con ingresos anuales que no superen las 19 UIT, tendrán mayores rebajas.
¿Cuál es el fundamento para realizar esta modificación? SUNAT fundamenta este cambio, en que de sus sistemas se ha verificado un porcentaje considerable de incumplimiento en la presentación oportuna de declaraciones determinativas de contribuyentes pertenecientes al Régimen General del Impuesto a la Renta, al Régimen MYPE Tributario o al Régimen Especial del Impuesto a la Renta cuyos ingresos anuales no superan las diecinueve (19) UIT; los cuales requieren una mayor asistencia en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
En ese sentido, se ha considerado conveniente promover el cumplimiento tributario de este segmento de contribuyentes, brindándoles mayores incentivos para la regularización de sus omisiones, incluso si se encuentran en la etapa de cobranza coactiva, lo que además permitirá a la Administración Tributaria contar con la información necesaria para un control efectivo de sus obligaciones tributarias. Siendo así, los porcentajes de rebajas han quedado definidos de la siguiente forma:
Además de ello, se ha considerado conveniente que para el cálculo de los ingresos netos del ejercicio anterior, se establezca una regla que tenga en cuenta la situación de los sujetos que están exceptuados de presentar las declaraciones mensuales conforme lo dispone la Resolución de Superintendencia N° 203-2006/SUNAT.
IMPORTANTE
La vigencia de la resolución en comentario, será desde el 15 de enero de 2025.
26/12/2024
Se Posterga el SIRE hasta Julio 2025
La SUNAT ha publicado la Resolución de Superintendencia N° 293-2024, con fecha 26 de diciembre de 2024, y ha determinado que el SIRE será de uso obligatorio desde el periodo Julio 2025.
¿Para quienes aplica esta postergación?
Únicamente para los Contribuyentes del Regimen General que sean PRINCIPALES CONTRIBUYENTES
Jorge, ¿Qué sucede si tengo una empresa en Regimen General pero es una MEPECO, le aplica esta postergación hasta el periodo Julio 2025?
NO, en tu caso debes usar el SIRE desde el periodo Enero 2025.
11/10/2024
ATENCIÓN: DÍAS NO LABORABLES NOVIEMBRE 2024
El día de hoy la PCM ha publicado el DS N°110-2024, que establece como días no laborables el jueves 14, viernes 14 y sábado 16 de Noviembre en Lima y Callao por la cumbre APEC
- Aplica para el sector público y privado.
- Los días 14 y 15 de Noviembre si se consideran hábiles con fines tributarios.
13/05/2024
📢
Plazos para la de tus obligaciones mensuales 🗓 según el último dígito de tu número de RUC 🧑💻✅.
📌 Realiza el proceso en ➡ https://www.sunat.gob.pe/.
18/04/2024
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