Declara MYPE
Asesoramiento contable tributario
30/12/2021
Establecen en 4,600 soles el valor de la UIT para el 2022
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó el Decreto Supremo Nº 398-2021-EF - 30/12/2021 🔍
30/12/2021
Cronograma para la presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la RENTA 2021
14/06/2021
R. Superintendencia N° 078-2021/SUNAT
¿Qué pasaba cuando por algún motivo no realizabas tu declaración mensual?
SUNAT, sin asco, te aplicaba una multaza de 1 UIT o 1/2 UIT, de acuerdo a tu régimen tributario (RG, RMT o RER). Siempre viviamos con el estrés del cronograma.
¿Qué novedad me trae la R. Superintendencia N°078-2021?
Para todos los contribuyentes del RG, RMT y RER cuyos ingresos netos anuales no superen las 150 UIT y que no presenten su declaración tributaria tendrán un descuentazo:
1. Si subsanas la infracción (o sea presentas tu Declaración Mensual) antes de que surta efecto la notificación de SUNAT: Tienes un descuento del 100%.
2. Si subsanas la infracción a partir de la fecha en que surta efecto la notificación hasta el sétimo día hábil posterior a la notificación de la REC (Resolución de Ejecución Coactiva), hay dos opciones:
a. Si subsanas y no pagas: 90% de descuento.
b. Si subsanas y pagas: 95% de descuento.
07/01/2021
Información acerca de la suspensión de retenciones de 4ta categoría
🗓 Recuerda que puedes efectuar la solicitud de Suspensión de Retención de Cuarta Categoría.
✅ Más información ➨ https://cutt.ly/CjfUiRK.
🎥 Sigue los pasos aquí ➨ https://cutt.ly/1jfUo6S.
05/01/2021
Compartimos material del Curso Sistemas Administrativos del IGV- Retenciones del IGV del IAT
Debido a que en Facebook no se puede subir archivos en PDF y Google Drive exige un correo para compartir, te pedimos que en la sección de comentarios escribas tu correo electrónico
Si la publicación llega a una buena cantidad de descargas estaremos subiendo Percepciones y Detracciones
*Si ya tienes el PDF comparte con tus amistades 🔍😁
03/01/2021
ALERTA TRIBUTARIA: LA EVASIÓN TRIBUTARIA EN EL PERÚ CON LOS DÍAS CONTADOS
Mediante el D. Leg. N° 1434, se modificó el artículo 143-A de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, a fin de establecer que las empresas del sistema financiero suministran a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, en el ejercicio de su función fiscalizadora para el combate de la evasión y elusión tributarias, información sobre las operaciones pasivas con sus clientes referida a saldos y/o montos acumulados, promedios o montos más altos de un determinado período y los rendimientos generados, incluyendo la información que identifique a los clientes.
De conformidad a lo regulado por el D.S. No. 430-2020-EfF (publicado el 31/12/2020).Para determinar si se debe informar una cuenta a la SUNAT, la empresa del sistema financiero debe identificar el(los) los tipos de depósito, número de cuenta, CCI, si es MN o ME, los saldos y/o montos acumulados, promedios o montos más altos y rendimientos generados y que, en cada período a informar sea(n) igual(es) o superior(es) a diez mil soles (S/ 10 000,00).
La SUNAT, mediante resolución de superintendencia, puede establecer si las empresas del sistema financiero declaran uno o más de los citados conceptos.
Los informales u otra persona que no realicen actividad empresarial y que efectúen depósitos en las ESF (incluye Banco de la Nación y COOPAC), deben de tener el sustento de la referidas operaciones, caso contrario la SUNAT les aplicará renta presunta.
29/12/2020
Atentos nuevos emisores electrónicos 📈
27/12/2020
💡RECUERDA:
Sunat anunció que a partir del 1 de abril del 2021, las facturas electrónicas presentarán cambios, lo cual permitirá que las empresas adelanten algunos datos necesarios para que las facturas comerciales se conviertan en negociables, transformándose así en títulos de valor que faciliten el acceso a financiamiento.👩💼🧑💼
Sunat estableció los principales cambios en el formado del comprobante de pago:
✅Las empresas deberán indicar en las facturas si el pago se realizará al contado o al crédito y el día de pago por el servicio o producto.
✅En el caso que la factura sea al crédito, el comprobante tiene que precisar los montos de cada cuota a pagar e incluir las fachas de cada una de las cuotas.
✅Siendo el cambio más importante que las empresas tendrán el plazo de un día para reportar sus facturas electrónicas a la Sunat o a un Operador de Servicios Electrónico (OSE), a diferencia de los 7 días que la norma establece en la actualidad. Estos cambios aplican también para Recibos por Honorario.
Estas modificaciones se implementarán a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N°013-2020.
09/07/2020
Se brinda el servicio de declaración mensual para emprendedores
Este precio incluye:
-Declaración mensual (IGV y Renta)
-Declaración PLAME (601)
-Libros electrónicos compras y ventas (8.1, 8.2 , 14.1 (PLE)
-Solicitudes de liberación de fondos entre otras devoluciones.
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Whatsapp: https://bit.ly/2Oek41m
14/06/2020
autoriza el de actividades en Comercial, , Comerciales, y Mercadillos, comenzarán a REINICIAR actividades 💵 con su Plan de Vigilancia y registro SICOVID📝: las galerías de , , , , , ”
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08/06/2020
¡Fiscalización tributaria! Envían cartas inductivas a vendedores en línea para regularizar operaciones Identifican más del 60% de evasión de impuestos en las ventas electrónicas hechas por 21,000 contribuyentes, desde el principio del estado de emergencia en marzo.
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