Manuel Quispitongo
Contador Público Colegiado. Estudio Contable que brinda Asesoría y Consultoria Integral a Empresas
07/07/2026
Tendencias en Fiscalización: Impuesto a la Renta y Precios de Transferencias
29/06/2026
📢 SUNAT AMPLÍA EL PLAZO PARA LAS NUEVAS REGLAS DE GUÍAS DE REMISIÓN EN COMERCIO EXTERIOR
🚢 ¡Atención importadores, agentes de aduana, operadores logísticos y transportistas!
La SUNAT ha otorgado un plazo adicional para que las empresas se adecuen a las nuevas disposiciones sobre el traslado de mercancías vinculadas al comercio exterior.
¿Qué cambia?
✅ Hasta el 31 de octubre de 2026, seguirá permitiéndose, de manera excepcional y en los casos previstos por la normativa, sustentar determinados traslados de mercancías importadas con el ticket de salida emitido por el administrador portuario.
📅 Desde el 1 de noviembre de 2026, esta excepción dejará de aplicarse y será obligatorio cumplir con el nuevo esquema basado en la Guía de Remisión, fortaleciendo la trazabilidad y el control de las mercancías.
¿Por qué es importante?
Esta prórroga brinda tiempo para que las empresas:
✔️ Adecúen sus sistemas de emisión electrónica.
✔️ Actualicen sus procesos internos.
✔️ Capaciten a su personal.
✔️ Eviten contingencias tributarias y aduaneras por incumplimientos.
Recomendación de MANQV S.A.C.
No espere hasta el último momento. Aproveche este periodo para revisar sus procedimientos de logística y comercio exterior, validar que sus sistemas estén preparados y asegurar el cumplimiento oportuno de las nuevas obligaciones exigidas por la SUNAT.
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Resolución de Superintendencia N° 000124-2026/SUNAT, publicada el 27 de junio de 2026 en el Diario Oficial El Peruano y vigente desde el 28 de junio de 2026. Esta resolución modifica la vigencia de la Resolución de Superintendencia N° 000240-2024/SUNAT, otorgando un plazo adicional para la implementación de las nuevas reglas sobre las Guías de Remisión en operaciones de comercio exterior.
Fuentes oficiales:
Resolución de Superintendencia N.° 000124-2026/SUNAT, Diario Oficial El Peruano.
Publicación oficial de Normas Legales – Diario Oficial El Peruano.
29/06/2026
⚖️📚 ¿Tu empresa lleva los libros contables que realmente exige la SUNAT?
Llevar correctamente los libros y registros contables no solo es una obligación legal, sino una herramienta clave para mantener el control financiero de tu empresa y evitar contingencias durante una fiscalización de SUNAT.
La obligación de llevar determinados libros depende del régimen tributario y del nivel de ingresos anuales de tu negocio. Conocer cuándo debes incorporar nuevos registros te permitirá cumplir oportunamente con la normativa vigente y evitar sanciones.
📌 Obligaciones según el régimen tributario
🔹 Nuevo RUS
Los contribuyentes del Nuevo RUS no están obligados a llevar libros ni registros contables.
🔹 Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER)
Las empresas acogidas al Régimen Especial deben llevar obligatoriamente:
✅ Registro de Compras.
✅ Registro de Ventas e Ingresos.
🔹 Régimen MYPE Tributario (RMT)
Hasta 300 UIT de ingresos anuales
- Registro de Compras.
- Registro de Ventas.
- Libro Diario Formato Simplificado.
Más de 300 UIT y hasta 500 UIT
- Registro de Compras.
- Registro de Ventas.
- Libro Diario.
- Libro Mayor.
🔹 Régimen General
Más de 500 UIT y hasta 1,700 UIT
- Registro de Compras.
- Registro de Ventas.
- Libro Diario.
- Libro Mayor.
- Libro de Inventarios y Balances.
Más de 1,700 UIT
- Contabilidad completa conforme a la legislación tributaria y las normas contables vigentes.
⚠️ ¿Por qué es importante?
No controlar el crecimiento de tus ingresos puede hacer que tu empresa pase a un tramo con mayores obligaciones contables sin que lo adviertas. Esto puede originar:
✔️ Observaciones en fiscalizaciones.
✔️ Multas por incumplimiento de obligaciones formales.
✔️ Reparos tributarios.
✔️ Contingencias que afectan la situación financiera de tu empresa.
Llevar una contabilidad ordenada y actualizada te brinda información confiable para tomar mejores decisiones y reduce significativamente los riesgos frente a una revisión de SUNAT.
🤝 En MANQV S.A.C. te ayudamos...
En MANQV S.A.C. brindamos asesoría especializada para que tu empresa cumpla correctamente con sus obligaciones tributarias y contables.
Nuestros servicios incluyen:
📊 Implementación y actualización de libros contables.
📑 Cumplimiento de obligaciones ante SUNAT.
🛡️ Atención de fiscalizaciones y requerimientos.
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Evita multas y contingencias. Una contabilidad bien llevada es la mejor defensa frente a una fiscalización.
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Base legal: Artículo 65 de la Ley del Impuesto a la Renta, Resoluciones de Superintendencia N.° 234-2006/SUNAT, N° 226-2013/SUNAT y N° 045-2017/SUNAT, así como las disposiciones vigentes sobre libros y registros vinculados a asuntos tributarios emitidas por SUNAT.
29/06/2026
🚨💼 ¡CUIDADO CON LAS MULTAS DE LA SUNAT!
Regulariza a tiempo y evita pagar sanciones innecesarias
En el cumplimiento de las obligaciones tributarias, cada día cuenta. Si tu empresa olvidó presentar una declaración mensual, aún puedes evitar o reducir significativamente la multa si actúas dentro de los plazos establecidos por la SUNAT.
La Resolución de Superintendencia N° 000007-2025/SUNAT fortaleció el régimen de gradualidad, permitiendo que muchos contribuyentes accedan a reducciones de hasta el 99 % de la multa, siempre que cumplan las condiciones y plazos previstos.
📌 ¿Cuánto puede costar no declarar?
Si no regularizas oportunamente, las sanciones pueden ascender a:
🔹 Régimen General: 1 UIT (S/ 5,500).
🔹 Régimen MYPE Tributario: 1 UIT (S/ 5,500).
🔹 Régimen Especial (RER): ½ UIT (S/ 2,750).
✅ Aprovecha el régimen de gradualidad
La SUNAT contempla beneficios que pueden reducir considerablemente la sanción:
✔️ Subsanación voluntaria: En determinados supuestos, la multa puede quedar totalmente rebajada si regularizas antes de cualquier requerimiento.
✔️ Subsanación inducida: Si ya recibiste una comunicación de la SUNAT, aún puedes acceder a descuentos de hasta el 99 %, dependiendo del plazo en que regularices y del cumplimiento de los requisitos.
✔️ Actuar a tiempo evita intereses, cobranza coactiva y mayores contingencias tributarias.
💡 Recomendaciones para tu empresa
✅ Revisa diariamente tu Buzón SOL.
✅ Presenta todas tus declaraciones dentro del cronograma de vencimientos.
✅ Atiende inmediatamente cualquier notificación de la SUNAT.
✅ Mantén un adecuado control contable y tributario con asesoría profesional.
🤝 En MANQV S.A.C. protegemos la tranquilidad de tu empresa
Nuestro equipo de especialistas te ayuda a cumplir correctamente tus obligaciones tributarias, prevenir contingencias y aprovechar los beneficios que la legislación vigente ofrece.
Una empresa ordenada no solo evita multas; también fortalece su crecimiento y su reputación.
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Nota: Los porcentajes de rebaja del régimen de gradualidad están sujetos al cumplimiento de los requisitos y plazos establecidos por la SUNAT para cada tipo de infracción.
Fuentes: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – Resolución de Superintendencia N° 000007-2025/SUNAT y Régimen de Gradualidad del Código Tributario del Perú.
28/06/2026
🚨 SUNAT intensifica la lucha contra las empresas fantasmas: más de 110 contribuyentes fueron declarados Sujetos Sin Capacidad Operativa (SSCO)
La lucha contra la evasión tributaria continúa fortaleciéndose. Recientemente, la SUNAT publicó una nueva relación de más de 110 contribuyentes declarados como Sujetos Sin Capacidad Operativa (SSCO), luego de culminar el procedimiento administrativo correspondiente.
Esta medida busca combatir el uso de empresas que emiten comprobantes de pago sin contar con la infraestructura, personal, recursos financieros o capacidad real para desarrollar las operaciones que facturan.
¿Qué es un Sujeto Sin Capacidad Operativa (SSCO)?
Un SSCO es un contribuyente respecto del cual la SUNAT ha determinado que no posee la capacidad necesaria para realizar las operaciones comerciales que sustenta mediante facturas u otros comprobantes de pago.
En otras palabras, se trata de empresas que aparentemente venden bienes o prestan servicios, pero que en la práctica no cuentan con los medios para hacerlo, siendo utilizadas frecuentemente para generar créditos fiscales o gastos inexistentes.
Principales resultados de la intervención
Según la información difundida por la SUNAT:
- Se identificaron más de 110 empresas declaradas SSCO.
- Estas emitieron más de 478,000 facturas electrónicas.
- También generaron más de 24,000 notas de crédito y 331 notas de débito.
- Los comprobantes fueron emitidos a más de 60,000 clientes.
- El crédito fiscal del IGV observado supera los S/ 1,025 millones.
¿Dónde se concentran estas empresas?
La mayor cantidad de empresas declaradas SSCO se encuentra en Lima. También se identificaron contribuyentes en La Libertad, Arequipa, Cajamarca, Huánuco, Áncash (Chimbote), Ayacucho, Ica, Juliaca, Piura y Tacna.
¿Quiénes podrían verse afectados?
Los clientes que utilizaron comprobantes emitidos por estas empresas podrían perder:
El derecho al crédito fiscal del IGV.
La deducción del gasto o costo para efectos del Impuesto a la Renta.
Por ello, la SUNAT ha otorgado un plazo para que los contribuyentes soliciten la revisión de los comprobantes recibidos, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la normativa.
Consecuencias para las empresas declaradas SSCO
Durante cuatro años, estos contribuyentes tendrán importantes restricciones, entre ellas:
- No podrán emitir facturas que otorguen crédito fiscal.
- Sus comprobantes no servirán para sustentar gastos o costos tributarios.
- Tendrán limitaciones para emitir notas de crédito y débito.
- Solo podrán emitir boletas de venta electrónicas en los casos permitidos por la legislación.
¿Cómo evitar verse involucrado?
Antes de contratar a un proveedor es recomendable:
✅ Verificar que tenga un domicilio fiscal operativo.
✅ Confirmar que cuente con infraestructura y personal acorde con la actividad que realiza.
✅ Revisar periódicamente su condición tributaria en la SUNAT.
✅ Validar la existencia real de los bienes o servicios contratados.
✅ Conservar contratos, órdenes de compra, cotizaciones, guías de remisión, medios de pago, fotografías, informes técnicos y cualquier evidencia que demuestre que la operación fue real.
Un mensaje para las Empresas
La emisión y utilización de comprobantes de proveedores sin capacidad operativa representa uno de los principales riesgos tributarios en la actualidad. Implementar procedimientos de debida diligencia para evaluar proveedores no solo protege el crédito fiscal y los gastos deducibles, sino que también reduce el riesgo de fiscalizaciones, reparos y sanciones.
La prevención sigue siendo la mejor estrategia para mantener una gestión tributaria segura y cumplir adecuadamente con las obligaciones fiscales.
Fuentes:
Diario Oficial El Peruano: https://elperuano.pe/noticia/298782-sunat-detecta-mas-de-110-empresas-fantasmas-que-emitieron-facturas-falsas-a-60-mil-clientes�
SUNAT – Procedimiento de Sujetos Sin Capacidad Operativa (SSCO).
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Decreto Legislativo N.° 1532 y normas reglamentarias.
25/06/2026
Domicilio Fiscal y Riesgo de SSCO:
Lo que Todo Empresario Debe Conocer
En muchas ocasiones, por comodidad o para reducir costos, algunas empresas registran como domicilio fiscal la vivienda de un familiar, amigo o tercero que no tiene ninguna relación con la actividad económica del negocio. Sin embargo, esta práctica puede generar serias contingencias tributarias y convertirse en un factor de riesgo para que la SUNAT cuestione la existencia real de la empresa.
¿Qué es el domicilio fiscal?
El domicilio fiscal es el lugar declarado ante la SUNAT donde se considera ubicada la empresa para efectos tributarios. Es el punto de referencia para notificaciones, fiscalizaciones y verificaciones relacionadas con las obligaciones fiscales del contribuyente.
La legislación tributaria exige que el domicilio fiscal tenga una relación real y verificable con las actividades económicas desarrolladas por la empresa.
¿Qué ocurre si se registra un domicilio ajeno al negocio?
Cuando la SUNAT realiza acciones de control y verifica que la empresa no desarrolla actividades en el domicilio declarado, puede concluir que existe falta de sustento operativo.
Algunos indicadores de riesgo son:
✅ El propietario del inmueble desconoce la actividad de la empresa.
✅ No existe documentación que acredite el uso del local.
✅ No se encuentra personal, activos o documentación vinculada al negocio.
✅ El domicilio corresponde únicamente a una vivienda particular sin evidencia de actividad empresarial.
✅ No existe contrato de alquiler, cesión de uso o autorización documentada.
Riesgo de ser calificado como SSCO
La SUNAT puede considerar que una empresa carece de capacidad operativa cuando no cuenta con los recursos necesarios para realizar las operaciones que declara.
Esta situación puede derivar en la condición de Sujeto Sin Capacidad Operativa (SSCO), figura incorporada para combatir operaciones no reales y estructuras empresariales ficticias.
La reciente RTF N.° 03684-10-2026 del Tribunal Fiscal ha ratificado la importancia de acreditar la existencia y operatividad real de las empresas, considerando que la ausencia de sustento comercial y operativo puede ser un elemento relevante en la evaluación efectuada por la Administración Tributaria.
Consecuencias de una calificación como SSCO
Las consecuencias pueden ser muy severas:
🔴 Observación y cuestionamiento de operaciones comerciales.
🔴 Restricciones para el aprovechamiento del crédito fiscal del IGV.
🔴 Reparos tributarios en procedimientos de fiscalización.
🔴 Incremento de riesgos frente a clientes, proveedores y entidades financieras.
🔴 Pérdida de credibilidad comercial y reputacional.
🔴 Posibles contingencias económicas derivadas de ajustes tributarios.
¿Cómo evitar este riesgo?
Para reducir contingencias tributarias, se recomienda:
1. Declarar un domicilio real
El domicilio fiscal debe corresponder al lugar donde efectivamente se desarrollan actividades administrativas, comerciales o de gestión de la empresa.
2. Contar con sustento documental
Mantener documentación que acredite el derecho de uso del inmueble:
- Contrato de arrendamiento.
- Contrato de cesión en uso.
- Autorización del propietario.
- Recibos de servicios cuando corresponda.
3. Mantener evidencia operativa
Es importante conservar:
- Documentación contable.
- Equipos de trabajo.
- Correspondencia comercial.
- Activos relacionados con la actividad empresarial.
4. Actualizar oportunamente el RUC
Si la empresa cambia de ubicación, debe actualizar la información registrada ante SUNAT dentro de los plazos establecidos.
Recomendación para empresarios
El domicilio fiscal no debe considerarse un simple requisito formal. Constituye uno de los principales elementos que la SUNAT evalúa para verificar la existencia, operatividad y capacidad económica de una empresa.
Registrar una dirección que no guarda relación con la actividad empresarial puede generar observaciones, fiscalizaciones y riesgos tributarios significativos. Por ello, resulta indispensable contar con un domicilio fiscal real, sustentado y coherente con las operaciones del negocio.
Una adecuada gestión del domicilio fiscal fortalece la seguridad tributaria de la empresa y reduce el riesgo de ser considerada un Sujeto Sin Capacidad Operativa (SSCO).
Fuente de referencia: Código Tributario, normativa SUNAT sobre SSCO y criterios desarrollados por el Tribunal Fiscal en la RTF N.° 03684-10-2026.
24/06/2026
🚚📄 ¡Evita multas y contingencias con la Guía de Remisión Electrónica (GRE)!
Desde el 1 de julio de 2026, la SUNAT podrá aplicar sanciones por incumplimientos relacionados con la emisión y sustento del traslado de bienes, conforme al Código Tributario y las disposiciones vigentes sobre la Guía de Remisión Electrónica.
✅ Emite tu GRE antes de iniciar el traslado.
✅ Verifica que la información consignada sea correcta y cumpla con los requisitos establecidos por SUNAT.
✅ Sustenta el traslado exhibiendo el código QR o indicando el RUC, serie y número de la GRE cuando sea requerido.
✅ Evita contingencias como multas, comiso de bienes o internamiento temporal del vehículo, según corresponda.
📌 Una correcta emisión de la Guía de Remisión Electrónica no solo garantiza el cumplimiento tributario, sino que también brinda seguridad y continuidad a las operaciones de tu empresa.
📌 Mantén tu empresa en regla y asegura la continuidad de tus operaciones.
19/06/2026
Desafíos para la Implementación de la Niif 18, Nueva Presentación del Estado de Desempeño
05/06/2026
Taller Práctico: La Nueva Era de la Auditoria con Inteligencia Artificial
01/06/2026
PRINCIPALES CAMBIOS EN LAS GUÍAS DE REMISIÓN ELECTRÓNICAS (GRE) – SUNAT 2026
La SUNAT ha publicado la Resolución de Superintendencia N° 000108-2026/SUNAT, vigente desde el 1 de junio de 2026, mediante la cual introduce modificaciones importantes al régimen de Guías de Remisión Electrónicas (GRE), principalmente para las operaciones de comercio exterior y el traslado de mercancías.
1. Incorporación de un nuevo documento relacionado al traslado de mercancías extranjeras
Se incorpora la "Cita u Orden de Entrega de Mercancías del Terminal Portuario" como documento vinculado a la GRE - Remitente cuando se trasladen mercancías extranjeras desde puertos o aeropuertos hacia almacenes aduaneros o locales considerados temporalmente como zona primaria.
Objetivo:
• Facilitar la emisión de la GRE.
• Reducir tiempos de salida de mercancías de los terminales portuarios.
• Mejorar el control y trazabilidad de la carga.
2. Modificación de los sujetos obligados a emitir GRE
La norma redefine algunos supuestos respecto de quiénes se encuentran obligados a emitir la Guía de Remisión Electrónica, adecuando la regulación a la operatividad actual del comercio exterior y del transporte de mercancías.
3. Mayor control en los casos en que el transportista no emite GRE
Cuando el transportista esté exceptuado de emitir la GRE - Transportista por haberse consignado determinada información en la GRE - Remitente, ahora será obligatorio incluir la fecha de inicio del traslado en la guía correspondiente.
Finalidad:
• Fortalecer la trazabilidad del transporte.
• Mejorar los mecanismos de fiscalización y control por parte de SUNAT.
4. Nuevos supuestos para emitir la GRE por evento
La resolución incorpora nuevos escenarios que permiten emitir la denominada GRE por evento, mecanismo diseñado para reflejar cambios o situaciones ocurridas durante el traslado de bienes.
Beneficios:
• Registrar adecuadamente modificaciones durante el transporte.
• Mantener actualizada la información del traslado.
• Mejorar el seguimiento de la mercancía transportada.
5. Adecuación a la realidad operativa del comercio exterior
SUNAT reconoce que la masificación de los documentos electrónicos permite simplificar procedimientos que anteriormente generaban sobrecostos y demoras cuando se trabajaba con documentación física. Por ello, la nueva regulación busca alinearse con las prácticas logísticas actuales de puertos, terminales y operadores de comercio exterior.
Impacto para las empresas
Las principales ventajas de estos cambios son:
• Menores costos operativos.
• Reducción de tiempos en el retiro de mercancías de puertos y aeropuertos.
• Mayor control y trazabilidad de los bienes transportados.
• Simplificación de obligaciones documentarias para importadores, exportadores y operadores logísticos.
• Adecuación de la normativa a los procesos electrónicos actuales.
Base legal
Resolución de Superintendencia N° 000108-2026/SUNAT. Click
Reglamento de Comprobantes de Pago y normativa vinculada al Sistema de Emisión Electrónica (SEE).
En resumen, lo qué ha cambiado realmente:
La SUNAT no ha cambiado toda la regulación de las guías de remisión. Lo que ha hecho es ajustar algunas reglas para facilitar las operaciones de comercio exterior (importaciones y exportaciones) y mejorar el control del traslado de mercancías.
1. Se incorpora un nuevo documento para mercancías importadas
Antes, cuando una mercancía llegaba al puerto o aeropuerto y se trasladaba a un almacén aduanero, se requerían determinados documentos para sustentar el traslado.
Ahora SUNAT reconoce también la "Cita u Orden de Entrega de Mercancías del Terminal Portuario" como documento relacionado con la GRE.
¿Qué beneficio tiene?
• Facilita la emisión de la guía.
• Reduce trámites.
• Agiliza el retiro de mercancías del puerto.
2. Mayor control de la fecha de traslado
Existen casos en los que el transportista no está obligado a emitir una GRE-Transportista porque determinada información ya fue consignada por el remitente.
En esos casos, SUNAT ahora exige que se consigne obligatoriamente la fecha de inicio del traslado.
¿Por qué?
Porque SUNAT quiere saber exactamente:
• Cuándo empezó el traslado.
• Cuánto tiempo estuvo en tránsito la mercancía.
• Quién es responsable del transporte.
Esto mejora la trazabilidad de la carga.
3. Nuevos casos para emitir una GRE por evento
La GRE por evento es una guía que se emite cuando ocurre alguna situación que modifica las condiciones originales del traslado.
SUNAT ha ampliado los supuestos en los que puede utilizarse.
Ejemplos prácticos:
• Cambio de vehículo.
• Cambio de conductor.
• Modificación de la ruta.
• Otras circunstancias que alteren las condiciones iniciales del transporte.
La finalidad es que la información registrada refleje lo que realmente ocurrió durante el traslado.
4. Menos trabas para importadores y operadores logísticos
SUNAT reconoce que en la práctica muchas operaciones portuarias funcionan de manera distinta a como estaban reguladas.
Por eso la norma busca:
• Reducir sobrecostos.
• Disminuir tiempos de espera en puertos.
• Evitar trámites innecesarios.
• Adaptar la normativa a la realidad operativa actual.
¿A quién afecta principalmente?
Estos cambios son importantes para:
• Agencias de aduanas.
• Importadores.
• Exportadores.
• Empresas de transporte de carga.
• Operadores logísticos.
• Almacenes aduaneros.
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Contacto la empresa
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