Lymiure
LyM Abogados. Estudio de abogados
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25/06/2020
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25/06/2020
📌 Copia Literal
Sunarp nos explica en simples pasos como solicitarlo
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🛑 Si deseas realizar trámites, consultas legales. Comunícate con nosotros.
Si necesitas solicitar una copia literal sigue los siguientes pasos:
➡ Ingresa a tu cuenta SPRL (o crearse una): https://bit.ly/3eFA5Zb
➡ Ingresa a la opción "SOLICITAR CERTIFICADOS/VENTA DE BGR"
➡ Elegir la copia literal de acuerdo al registro que desea (si la partida comienza con P, elegir la opción "CERT. LITERAL-SARP")
➡ Pagarlo directamente con tarjeta débito o crédito visa (NO RECARGAR EL USUARIO SPRL).
⚠ IMPORTANTE:
El plazo de calificación es de 1 a 3 días hábiles máximo. Debes hacer el seguimiento en tu cuenta SPRL y cuando salga atendida debes descargarla por el siguiente enlace https://bit.ly/30D1veH y elegir la opción "Verificación de Certificados Literales con firma electrónica". En el recibo de pago de la copia literal están los datos a rellenar.
📌 Compartimos la siguiente información.
18/06/2020
Compartimos la siguiente información contigo.
Solicita el Certificado Positivo o Negativo de Propiedad Vehicular en línea Acredita si una persona natural o jurídica tiene o no vehículos inscritos en el Registro de Propiedad Vehicular
25/05/2020
24/05/2020
CNL: Comunicado al Público
El Colegio de Notarios de Lima (CNL) informa que la atención en su Sede Institucional (Av. Giuseppe Garibaldi -ex Gregorio Escobedo- Nº 339-343, Jesús María) será a partir del martes 26 de mayo del presente, en el siguiente horario:
De Lunes a Viernes, de 9:30 a. m. a 5:00 p. m.
Los Sábados no habrá atención
Esta disposición se mantendrá mientras dure el estado de Emergencia Sanitaria en el país.
Lima, mayo de 2020
Colegio de Notarios de Lima
Página Web CNL, Sección Noticias. Ver Nota Completa.
http://www.notarios.org.pe/ #/detalleNoticias/204
21/05/2020
El RENIEC, pone a disposición de los ciudadanos el servicio de creación de firmas digitales “Software ReFirma”, el cual les permite firmar digitalmente documentos electrónicos utilizando sus certificados digitales.
¿CÓMO PROCEDER?
El RENIEC provee el software de firma digital “ReFirma”, el cual se encuentra debidamente acreditado por la Autoridad Administrativa Competente (AAC), y permite firmar digitalmente documentos electrónicos en formato PDF. El ciudadano que ya cuenta con un certificado digital, únicamente requiere descargar el software y utilizarlo.
El software ReFirma está disponible de forma gratuita y sin restricciones en el siguiente enlace: https://dsp.reniec.gob.pe/refirma_suite/pdf
Una vez descargado e instalado el ReFirma se debe seguir los siguientes pasos para la creación de firma digital:
- Elaborar el documento electrónico en formato PDF.
- Abrir el ReFirma y seleccionar el documento electrónico.
- Seleccionar el certificado digital (debe ser de no repudio) con el que se desea realizar el proceso.
- Ingresar el pin que protege la llave privada asociada al certificado digital.
- Realizar el procesamiento de creación de firma digital.
21/05/2020
❗️RENIEC pone a disposición de los ciudadanos el software ReFirma, el cual les permite firmar digitalmente documentos electrónicos utilizando sus certificados digitales en formato PDF.
👉 Información:
https://pki.reniec.gob.pe/creacion-de-firma-digital/
👉Software ReFirma:
https://dsp.reniec.gob.pe/refirma_suite/pdf.
12/05/2020
🔴APRUEBAN PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO DEL 25% DE LAS AFP
📶Aprueban el Procedimiento Operativo para el retiro extraordinario facultativo de fondos en el Sistema Privado de Pensiones (AFPs), los afiliados pueden retirar desde 1 UIT, o su equivalente a S/ 4,300, hasta el 25% del total registrado en su CIC de aportes obligatorios, estableciéndose como tope máximo de retiro el equivalente a 3 UIT, o el monto de hasta S/ 12,900, conforme a lo dispuesto por la Ley.
✅El plazo para presentar la solicitud es a partir del 18 de mayo hasta el 16 de junio como máximo.
✅Los afiliados pueden retirar desde 1 UIT, o su equivalente a S/ 4,300, hasta el 25% del total registrado en su CIC de aportes obligatorios, estableciéndose como tope máximo de retiro el equivalente a 3 UIT, o el monto de hasta S/ 12,900, conforme a lo dispuesto por la Ley.
✅En caso el afiliado registre un saldo igual o menor a 1 UIT, o su equivalente a S/ 4,300, en su CIC de aportes obligatorios, el retiro corresponderá al 100% de esta hasta S/ 4,300 y se efectuará en un solo desembolso, en un plazo máximo de 10 días calendario, computados desde el día siguiente de presentada la solicitud.
✅En el caso de Afiliados que se encuentren en el extranjero o con imposibilidad física, las AFP publicaran su protocolo de verificación de modo previo a la fecha de inicio de la presentación de solicitudes.
DESCARGA LA NORMA AQUI:
https://busquedas.elperuano.pe/download/url/aprueban-el-procedimiento-operativo-para-el-retiro-extraordi-resolucion-n-1352-2020-1866184-1
12/05/2020
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