UGT ALSEA Informa
La Sección Sindical UGT ALSEA grupo VIPS y Zena VIPS Sindical mente y Lúculo, S.A.
Sección Sindical UGT FeSMC ALSEA para los trabajadores del Grupo de Empresas VIPS (Sigla, S.A.; Sigla Ibérica, S.A.; Reyse, S.A.; Starbucks Coffee España, S.L.; British Sandwich Factory, S.L.; SDH Sigla, S.L.; Grupo Vips Franchising, S.L. Foxterhollywood Cañas y Tapas Ole Mole Domino's Pizza Ole Mole Burguer King UGT ALSEA Zena ALSEA GRUPO VIPS
16/09/2026
📢 *UGT ALSEA | NUEVO PLAN DE IGUALDAD 2024-2028*
✊🏽 *Más derechos, más igualdad y más protección para las personas trabajadoras.*
Desde *UGT Alsea* hemos trabajado y negociado para incorporar mejoras concretas que permitan avanzar hacia una igualdad real en todas las empresas del Grupo.
🔴 *¿QUÉ MEJORAS INCORPORA EL PLAN?*
👩💼 *SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN*
• Procesos de selección libres de sesgos y estereotipos de género.
• Lenguaje inclusivo y no sexista en las ofertas y formularios de empleo.
• Seguimiento de la presencia de mujeres y hombres en las contrataciones.
• Medidas para favorecer una plantilla equilibrada en nuevas aperturas.
• Las vacantes del centro de soporte se ofertarán a toda la plantilla, facilitando la promoción interna.
📚 *FORMACIÓN*
• Plan de reciclaje profesional tras maternidad, paternidad o excedencias.
• Planes de carrera por marca para favorecer una promoción objetiva y sin sesgos.
• Registro de formación y titulaciones desagregado por s**o para facilitar oportunidades de promoción.
• Formación obligatoria y sensibilización en igualdad, perspectiva de género, acoso sexual, violencia de género y corresponsabilidad.
• Revisión de los materiales formativos para garantizar un lenguaje inclusivo.
• Formación específica en liderazgo para mujeres con potencial de crecimiento.
🚀 *PROMOCIÓN PROFESIONAL*
• Igualdad de oportunidades en los procesos de promoción.
• Las reducciones de jornada, jornadas parciales o jornadas continuas no podrán convertirse en una barrera para promocionar.
• Medidas para aumentar la presencia de mujeres en puestos de responsabilidad.
• Preferencia para mujeres en determinadas promociones cuando exista subrepresentación y concurran condiciones equivalentes de idoneidad y competencia.
• Formación específica para mujeres en puestos tradicionalmente masculinizados.
💶 *IGUALDAD RETRIBUTIVA*
• Justificación ante la Comisión de Seguimiento de cualquier brecha salarial superior al *10 %*,
• Entrega anual a la Comisión de Seguimiento del *Registro Retributivo*, incluyendo conceptos salariales y extrasalariales y variables.
• Análisis de medias y medianas salariales.
• Revisión de los conceptos salariales desde una perspectiva de género.
• Mayor transparencia y objetividad en la valoración de los puestos de trabajo.
👨👩👧👦 *CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD*
• Difusión de todas las medidas de conciliación disponibles, fomentando especialmente su utilización por los hombres.
• Adaptación de horarios para facilitar la asistencia a tutorías.
• Preferencia en movilidad geográfica por motivos de cuidado de menores y familiares dependientes, cuando se cumplan los requisitos.
• Excedencia por cuidado de hijos/as hasta los *6 años*, con reserva del puesto durante los *3 primeros años*.
• Medidas para facilitar la adaptación de jornada a las necesidades de conciliación.
• Preferencia para determinadas situaciones de cuidado de familiares y personas dependientes.
🕐 *DERECHOS Y PERMISOS*
• *5 días de permiso retribuido* por fallecimiento de familiar hasta segundo grado.
• Excedencia con reserva del puesto de hasta *6 meses* por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o conviviente en las condiciones establecidas en el Plan, así como en determinados supuestos respecto de hijos/as a cargo.
• Prioridad en la elección de vacaciones cuando exista una resolución judicial o convenio regulador que establezca periodos concretos con hijos/as.
🤰 *SALUD LABORAL CON PERSPECTIVA DE GÉNERO*
• Incorporación de la perspectiva de género en las evaluaciones de riesgos.
• Consideración de los *riesgos psicosociales*.
• Inclusión de la violencia sexual entre los riesgos laborales en los puestos correspondientes.
• Protección específica durante el embarazo y la lactancia.
• Adaptación de condiciones y tiempos de trabajo y, cuando sea necesario, cambio de puesto o centro para evitar riesgos.
🚫 *ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE S**O*
• Seguimiento del protocolo de prevención y actuación.
• Campañas de sensibilización para toda la plantilla.
• Seguimiento de las denuncias y de las medidas adoptadas, preservando la confidencialidad.
💜 *VIOLENCIA DE GÉNERO: MÁS PROTECCIÓN*
• *10 días naturales de permiso retribuido* para mujeres víctimas de violencia de género cuando sean necesarios para garantizar su protección.
• Posibilidad de reducción de jornada hasta el *50 %*, con reducción proporcional del salario, pero *sin reducción salarial durante los primeros 9 meses*.
• Posibilidad de suspensión del contrato hasta *6 meses*, ampliable en determinados supuestos hasta un máximo de *18 meses*.
• Medidas para facilitar el cambio de puesto o centro de trabajo.
• Ayudas y medidas vinculadas a situaciones de movilidad y traslado.
• Medidas de protección en los centros de trabajo.
• Medidas para evitar la prestación simultánea de servicios cuando víctima y agresor trabajen en la misma empresa.
📢 *COMUNICACIÓN E IGUALDAD*
• Difusión del Plan de Igualdad a toda la plantilla.
• Campañas específicas sobre igualdad salarial, conciliación y corresponsabilidad, 8M y 25N.
• Eliminación de lenguaje, imágenes y expresiones sexistas en la comunicación interna y externa.
• Designación de personas como *Agentes de Igualdad*.
• Mayor difusión de los derechos y medidas disponibles.
✊🏽 *DESDE UGT ALSEA SEGUIREMOS VIGILANDO QUE LO ACORDADO SE CUMPLA.*
Porque un Plan de Igualdad *no puede quedarse en el papel*: tiene que traducirse en derechos, oportunidades, protección y mejoras reales para las personas trabajadoras.
🔴 *UGT ALSEA — IGUALDAD REAL, DERECHOS REALES.*
🤝 *Seguimos avanzando. Seguimos defendiendo tus derechos.*
07/09/2026
Reunión de delegados Sección Sindical UGT Siglas, convocatoria ordinaria de septiembre, retos a corto plazo y segunda vuelta, 2026.
❌ Cosas que tu jefe no puede hacer: ignorar accidentes laborales.
🗣️ Un accidente laboral debe comunicarse y gestionarse conforme a la ley. Si la empresa lo oculta, no lo notifica o incumple sus obligaciones, puede enfrentarse a importantes responsabilidades y sanciones.
⚖️ Si tu accidente de trabajo no ha sido comunicado o crees que no se han respetado tus derechos, puedes acudir a la Inspección de Trabajo y reclamar ante la Seguridad Social.
📝 Guarda este video y si tienes dudas, contacta con UGT.
31/08/2026
📢 *NUEVAS TABLAS SALARIALES 2026 – CONVENIO DE MARCAS DE RESTAURACIÓN*
Ya está *publicado en el BOE el acuerdo de actualización salarial* alcanzado en la Comisión Paritaria. Las nuevas cuantías tienen efectos *desde el 1 de enero de 2026.*
💰 *SALARIOS POR GRUPO/NIVEL:*
🔹 *GRUPO 1 (antiguo Nivel I)*
➡️ 1.545,00 € / mes
➡️ 21.630,00 € / año
🔹 *GRUPO 2 (antiguo Nivel II)*
➡️ 1.324,28 € / mes
➡️ 18.540,00 € / año
🔴 *GRUPO 3 (antiguo Nivel III)*
➡️ *1.239,32 € / mes*
➡️ *17.350,41 € / año*
➡️ *1,5 % por encima del SMI*
🔹 *GRUPO 4 (antiguo Nivel IV – SMI)*
➡️ *1.221,00 € / mes*
➡️ *17.094,00 € / año*
✊ *Y LO MÁS IMPORTANTE: LA NEGOCIACIÓN CONTINÚA.*
El incremento del Grupo 3 es *provisional y a cuenta del futuro II Convenio.* La mesa de negociación sigue abierta y *desde UGT continuamos trabajando para mejorar salarios, derechos y condiciones laborales*.
📎 Os adjunto la publicación oficial del BOE para su consulta y difusión.
*UGT FeSMC Sector Hostelería Restauración Social y Turismo*
*Seguimos negociando. Seguimos avanzando.*
31/08/2026
📢 *EL IPC SE DISPARA AL 4,3% EN AGOSTO*
Los precios vuelven a subir y la realidad es clara: *la vida cuesta cada vez más, mientras los salarios no avanzan al mismo ritmo.*
⛽ La subida de los carburantes vuelve a empujar la inflación y golpea directamente a las familias trabajadoras.
📉 *Más inflación significa menos poder adquisitivo* si los salarios no se actualizan.
Desde *UGT Hostelería, Restauración Social y Turismo* lo tenemos claro:
✊ *Los salarios tienen que crecer.*
✊ *Hay que proteger el poder adquisitivo.*
✊ *La negociación colectiva debe garantizar que ninguna persona trabajadora pierda capacidad de compra.*
🔥 *Los precios suben. Ahora toca que suban los salarios.*
*Sin justicia salarial, no hay justicia social.*
31/08/2026
✊ UGT se suma a la iniciativa internacional contra la fusión de ONU Mujeres y UNFPA
♀️ El sindicato reclama mantener ambas agencias como organismos independientes para garantizar la defensa de los derechos de las mujeres, la igualdad de género y los derechos sexuales y reproductivos.
🔗 Léelo aquí:
25/08/2026
🔴 Pepe Álvarez () reclama un pacto de Estado para hacer frente a los incendios y los efectos del cambio climático
➡️ El secretario general de UGT exige más recursos para la prevención y una limpieza de los montes que permitan recuperar “una gestión forestal adecuada con el siglo XXI”
🔗 Léelo aquí
20/08/2026
ACLARACIÓN SOBRE EL PLAZO DE REGULARIZACIÓN
Compañeras y compañeros:
Desde UGT queremos hacer una aclaración respecto al comunicado difundido en los centros de trabajo y en algunas redes, en relación con el fatalismo de los apocalípticos del, "30 de septiembre de 2026" promovido en los centros de trabajo.
Por una cuestión de interpretación jurídica y a efectos de referencia, La fecha clave es el BOE: El referente temporal válido para exigir el cumplimiento de lo pactado es el 11 de julio de 2026 (fecha de publicación del acuerdo en el Boletín Oficial del Estado).
¿Cuál era el contenido?
Requerimiento Formal de UGT
- • Objeto de la reclamación: UGT exige a la empresa ALSEA que cumpla de inmediato con la actualización salarial del Nivel III establecida en el I Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Marcas de Restauración Moderna.
- • El motivo (Garantía Salarial): El convenio estipula que debe existir obligatoriamente al menos un 1,5% de diferencia salarial entre el Nivel IV (vinculado al SMI) y el Nivel III. Como el SMI se actualizó, los salarios del Nivel III que no alcancen esa distancia deben ajustarse.
- • Efectos retroactivos: La medida tiene validez y efectos económicos desde el 1 de enero de 2026, tras haber sido publicada oficialmente en el BOE el 11 de julio de 2026. ALSEA debe abonar los atrasos acumulados desde esa fecha.
- • Aplicación general: UGT exige que la regularización se aplique de forma automática y homogénea a todos los trabajadores afectados, sin que cada empleado tenga que reclamarlo individualmente.
- • Plazo y advertencia: Se le traslada a ALSEA un plazo máximo de diez días hábiles para responder y aplicar la medida; de lo contrario, UGT advierte que tomará medidas legales, sindicales o acudirá a la Inspección de Trabajo.
❗¿Qué significa esto en la práctica?
Esto significa que el sindicato ha puesto formalmente contra las cuerdas a la dirección de ALSEA para que deje de retrasar los pagos pendientes.
Si trabajas o conoces a alguien en el Nivel III de la empresa, este documento implica que la compañía está legalmente obligada a revisar las nóminas desde enero de 2026, corregir la diferencia del 1,5% respecto al SMI y pagar los atrasos correspondientes en bloque, cortando de raíz cualquier intento de la empresa de eludir o retrasar este desembolso salarial.
Pero esto no significa que el 30 de septiembre sea un “plazo de gracia” establecido por la Comisión Paritaria, ya que ese plazo no figura en el acuerdo publicado en el BOE.
El acuerdo establece los efectos económicos desde el 1 de enero de 2026 y dispone el abono de los atrasos en el mes siguiente a la firma del Acta.
Por ello, desde UGT entendemos que debemos tomar como referencia el contenido oficial del acuerdo y su publicación en el BOE, pero no asumir como plazo pactado el *30 de septiembre que señala Otros apocalípticos que no nombraremos, y no se corresponde con la realidad del acuerdo.
Seguiremos vigilantes y defendiendo el cumplimiento de lo acordado. ✊
UGT reclama. UGT negocia. UGT defiende.
20/08/2026
Hay que saberlo,
Titular: Alsea recibe retiro de calificación global por parte de la calificadora Fitch Ratings
Alsea, el mayor operador de restaurantes y cafeterías en América Latina, recibió la ratificación y el retiro de su calificación crediticia en escala global por parte de la agencia Fitch Ratings debido a razones comerciales.
Alsea, el mayor operador de restaurantes y cafeterías en América Latina, recibió la ratificación y el retiro de su calificación crediticia en escala global por parte de la agencia Fitch Ratings debido a razones comerciales.
La calificadora, con sede en Nueva York, confirmó la nota de Alsea en 'BB+', o el primer escaño en su escala global de grado de especulativo. La perspectiva de la calificación se mantuvo en un nivel 'estable' hasta antes de su retiro.
"El retiro de las IDR Issuer Default Ratings (: se debe a razones comerciales", dijo la calificadora, en un comunicado.
Fin de la nota global de impago: La agencia (Fitch) ha decidido ... retirar formalmente esa etiqueta de riesgo crediticio global que tenía la compañía. (ES ESTABLE UNA FORTALEZA).
"Las calificaciones de Alsea reflejan la fortaleza de su perfil de negocio, su escala y portafolio diversificado de marcas, así como los formatos de tienda y geografías, lo cual respalda una generación sólida y constante de flujo de caja operativo".
Fitch también ratificó la calificación de Alsea en escala local en 'AA-(mex)', o el cuarto nivel en la clasificación de activos con grado de inversión. La perspectiva fue confirmada en 'estable'.
La calificadora explicó que la buena calificación de Alsea responde al éxito de sus marcas propias y franquicias globales. Además, anticipó que la llegada de cadenas como Chipotle y Raising Cane's a México en 2026 reforzará el crecimiento de sus ventas.
Tras el retiro de la calificación de Fitch, Alsea mantiene como calificadora a Moody’s que en noviembre confirmó la nota de Alsea en un nivel de ‘Ba3’, el tercer escaño en su escala de grado de especulativo global.
Alsea recibe retiro de calificación global por parte de la calificadora Fitch Ratings Alsea, el mayor operador de restaurantes y cafeterías en América Latina, recibió la ratificación y el retiro de su calificación crediticia en escala global
❌ Cosas que tu jefe no puede hacer: obligarte a estar disponible durante tus vacaciones
📱 ¿Tu empresa puede exigirte responder llamadas, correos o WhatsApps mientras estás de vacaciones? La respuesta es clara: descansar también es un derecho laboral.
🏖️ Las vacaciones no son una guardia encubierta. El derecho a la desconexión digital protege tu descanso y obliga a las empresas a respetarlo.
📝 Guarda este vídeo para cuando lleguen las vacaciones.
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Contacto la empresa
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Horario de Apertura
| Lunes | 09:00 - 17:00 |
| 18:00 - 19:00 | |
| Martes | 09:00 - 17:00 |
| 18:00 - 19:00 | |
| Miércoles | 09:00 - 17:00 |
| 18:00 - 19:00 | |
| Jueves | 09:00 - 17:00 |
| 18:00 - 19:00 | |
| Viernes | 09:00 - 17:00 |