CPB Estudio Contable
Asesoramiento Integral para Personas, Pymes y Grandes Organizaciones
26/04/2021
🤗Hola emprendedores! Vamos a hablar de un tema que consideramos fundamental si queremos escalar en nuestro negocio a buena velocidad: 👉Data Science
👉Llamamos data science o ciencia de los datos a un conjunto de herramientas que permiten extraer información valiosa a partir de datos en bruto. Es un campo que abarca múltiples disciplinas, como estadística, matemáticas o programación, además de conocimientos empresariales en general y del sector al que se aplique en particular.
👉Los datos pueden ser obtenidos a través de fuentes propias (datos históricos de nuestra empresa) o de terceros ( por ejemplo datos del mercado en general) a través de los campos ya mencionados.
Una vez obtenidos debemos filtrarlos a través de un sistema de gestión (con excel en la mayoría de los casos alcanza
Veamos algunos ejemplos de datos de fuentes propias:
👉Datos de venta de nuestros productos a clientes segmentados por zona, edad o s**o por ejemplo.
👉Comportamiento de ventas ante alguna promoción o descuento especial
👉Comportamiento de nuestros costos (aumento o disminución)
Cantidad de ventas de cada producto
Y algunos ejemplos de fuentes de terceros:
👉Estadísticas publicadas por alguna cámara empresarial sobre determinado producto o en determinado sector
👉Precios de la competencia
👉Tendencia de moda
En consecuencia trabajar y analizar datos nos permite estas aplicaciones:
👉Mejora la toma de decisiones y la elaboración de estrategias comerciales, identificar riesgos, mejorar procesos internos y detectar nuevas oportunidades.
👉Facilita el entendimiento de los patrones de comportamiento de los clientes, para crear comunicaciones más personalizadas y atractivas.
👉 Mejora procesos
👉 Facilita el entendimiento, fidelización y captura de nuevos clientes
👉 Identificar cambios en la demanda en el mercado
Contanos! Aplicas data science en tu emprendimiento? Necesitas ayuda para empezar?
16/04/2021
Buen día emprendedores! Hoy les traemos una tema muy poco conocido pero super importante que lo tengan en cuenta: FINANCIARSE CON EL AVAL DE UNA SGR
👉Financiarse es una herramienta que bien usada nos permite apalancar nuestros negocios generando utilidades futuras que superen claramente el costo financiero. Esto nos permite cumplir nuestro objetivo que de otra manera no sería posible. Por supuesto es un análisis que debe ser hecho con mucho cuidado.
👉A la hora de buscar financiación lo primero que uno suele pensar es en el banco. Sí, es una alternativa a tener en cuenta, sobre todo cuando es a través de una línea del gobierno
👉Las sociedades de garantía recíproca (SGR) otorgan un aval para poder acceder, en la gran mayoría de los casos, a mejores condiciones crediticias a través de mejoras en las tasas, plazos más largos o mayor monto. Veamos algunos tips a tener en cuenta:
👌Te van a pedir una contragarantía (algún bien, fianza personal, Cesión de facturas, posiciones financieras líquidas como ser bonos por ejemplo, etc) y documentación acerca de la actividad pero con una burocracia generalmente mucho menor a la que se tendría yendo directamente al banco
👌Hay ventajas impositivas (exención en impuestos a los sellos en algunas provincias)
La SGR te puede otorgar un aval por 👌“x” monto y vos podés ir con ese aval a negociar en varias entidades, eso acelera los tiempos.
👌No solo te podés financiar a través de bancos, sino también tenés la posibilidad de descontar tus cheques propios o de terceros (o en algunos casos tu factura de crédito o pagarés) en el mercado de capitales de una forma mucho más sencilla y a una tasa muchísimo menor a la de los bancos y/o con un sistema de cálculo de los intereses más favorable. Tan solo necesitás coordinar con una SGR y un agente de bolsa.
💪¿Te interesa saber más de estos temas? Comentanos y si necesitás ayuda para coordinar con una SGR y un agente de bolsa te ayudamos con ese tema.
02/09/2019
Los profesionales en ciencias económicas debemos aportar valor, y esto los clientes lo perciben principalmente en dos situaciones:
1) mayor rentabilidad
2) mayor tranquilidad
Nuestro estudio hace rato viene trabajando en mejores servicios alineados en dichos objetivos y a la modernidad de estos tiempos.
Querés conocernos más? Entra a www.estudiocpb.com
Algunas visiones sobre el futuro de las Profesiones en Ciencias Económicas - El Liberal La revolución de las comunicaciones y la información, implican sin dudas, cambios en muchas actividades laborales, oficios…
01/08/2019
Plan excepcional! se puede adherir hasta el 31 de agosto!
La AFIP extendió el plan de facilidades de pago hasta las deudas vencidas en abril último Hasta el momento solo se podían incluir los atrasos hasta enero. El Plazo de adhesión se mantiene hasta fines de agosto
12/06/2019
Implementación de la multinota digital.
Por parte y solo en algunos casos específicos nos vamos migrando a lo digital
31/05/2019
El 19 de junio comienza a vencer el nuevo impuesto a la renta financiera y hay muchas cuestiones que deberías considerar:
Si superaste $66.917,91 de ganancias en toda tu cartera debés presentar seguro. No obstante, hay ciertas inversiones como compra-venta de acciones sin cotización en bolsa que con $1 cobrado deberías presentar igualmente ya que no tiene la deducción mencionada.
Además el resultado de algunas inversiones no debe ser liquidada dentro de "renta financiera" sino dentro del "impuesto a las ganancias".
También hay obligaciones e incluso opciones que te benefician como inversor, como en el caso de bonos públicos y privados, así como también en la elección de la forma de presentar y pagar este impuesto.
Nuestro estudio te simplifica toda la labor y la complejidad que implica la liquidación con honorarios muy acordes a cada cartera y requisitos formales posibles, asegurando la rentabilidad del inversor.
Contactanos por privado o a través de nuestros medios de contacto. Servicios a todo el país.
www.estudiocpb.com
[email protected]
3415892026
El 19 de junio comienza a vencer el nuevo impuesto a la renta financiera y hay muchas cuestiones que deberías considerar:
Si superaste $66.917,91 de ganancias en toda tu cartera debés presentar seguro. No obstante, hay ciertas inversiones como compra-venta de acciones sin cotización en bolsa que con $1 cobrado deberías presentar igualmente ya que no tiene la deducción mencionada.
Además el resultado de algunas inversiones no debe ser liquidada dentro de "renta financiera" sino dentro del "impuesto a las ganancias".
También hay obligaciones e incluso opciones que te benefician como inversor, como en el caso de bonos públicos y privados, así como también en la elección de la forma de presentar y pagar este impuesto.
Nuestro estudio te simplifica toda la labor y la complejidad que implica la liquidación con honorarios muy acordes a cada cartera y requisitos formales posibles, asegurando la rentabilidad del inversor.
Contactanos por privado o a través de nuestros medios de contacto. Servicios a todo el país.
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24/05/2019
Subió a $1.500.000 el monto de remuneración para estar obligado a presentar las informativas de 4ta categoría.
Además se establece que podrán presentar, si corresponde, por régimen simplificado teniendo "renta financiera", aclaración necesaria ya que es un impuesto que deben liquidar aparte.
Sube el piso para informar Ganancias y Bienes Personales. Los que lo superen podrán hacerlo por régimen simplificado aún teniendo renta financiera | CPB Sube el piso para informar Ganancias y Bienes Personales. Los que lo superen podrán hacerlo por régimen simplificado aún teniendo renta financiera por CPB Estudio | May 24, 2019 | AFIP, Impuestos | 0 Comentarios FacebookGoogle+TwitterLinkedin Ver link asociado FacebookGoogle+Twit...
22/05/2019
El día lunes nuestro titular dio una charla en el Consejo de Ciencias Económicas sobre Renta Financiera. Muy buena convocatoria.
Es un nuevo impuesto que complejo, en algunos casos mucho más que otros. Pueden contactarnos a [email protected]
07/05/2019
Buenos días, en Estudio CPB tenemos un área dedicada a la tercerización de aquellos que nos delegan ciertas liquidaciones, tareas, o trabajos en general. Principalmente lo que son las declaraciones juradas de ganancias, bienes personales y el nuevo impuesto a la renta financiera
¿Necesitás estar más tranquilo/a o tomarte un respiro los próximos meses, o el tiempo que necesites? Podés confiar en nosotros
Escribinos a [email protected] o comunicate al 3415892026.
Servicios a casi todo el país, y con diversos grados de responsabilidad y contacto entre profesionales según lo acordado
17/04/2019
Nuevos turnos web OBLIGATORIOS!
👉Alta o baja retroactiva en impuestos y/o regímenes.
👉Cancelación de inscripción por fallecimiento.
👉Carga de fecha de jubilación.
👉Modificación de nombres/apellidos y/o género.
04/04/2019
IMPORTANTE! a tener en cuenta!
La AFIP permite facturar a un cliente con irregularidades y cobrar el IVA, pero le prohibe al comprador computar el crédito fiscal La AFIP ha determinado que los responsables inscriptos en el IVA puedan facturarle sus ventas a aquellos clientes que presenten inconsistencias
RG 4444: Algunas modificaciones y consideraciones importantes!
SUMARIO (by errepar): Se efectúan diversas adecuaciones en materia de facturación y registración. Entre los aspectos más salientes, destacamos:
* Se eleva, a partir del 2/5/2019, de $ 5.000 a $ 10.000 el importe a partir del cual deben ser identificados los consumidores finales, únicamente cuando se trate de operaciones canceladas con tarjetas de crédito, débito u otro medio de pago electrónico. Señalamos que los citados importes serán actualizados semestralmente, en los meses de enero y julio.
* Se establece que si al momento de solicitarse el CAE para la emisión de una factura tipo A la AFIP constatara determinadas inconsistencias por parte del receptor del comprobante, asignará un CAE junto con un código que identificará las irregularidades observadas, y el IVA discriminado en dicho comprobante no podrá computarse como crédito fiscal.
* Se oficializa la prórroga para la comercialización de controladores fiscales de vieja tecnología y la posibilidad de recambiar las memorias de dichos equipos hasta el 31/8/2019. Con posterioridad al 31/8/2019, solo se podrá recambiar la memoria por fallas técnicas de equipos de vieja tecnología cuya fecha de adquisición no posea más de un año de antigüedad.
* Los equipos de vieja tecnología podrán ser utilizados hasta el 31/5/2021 si se poseen 11 equipos o más, hasta el 31/7/2021 si se poseen entre 2 y 10 equipos, y hasta el 30/9/2021 en el caso de un solo equipo.
* Los sujetos que desarrollen como actividad principal “Venta al por mayor en supermercados mayoristas de alimentos” y/o “Venta al por mayor de materiales y productos de limpieza”, que en el último año comercial hayan registrado operaciones por un monto mayor a $ 50.000.000 y opten por utilizar controladores fiscales deberán utilizar equipos de nueva tecnología a partir del 1/9/2019.
* Los reportes “resumen de totales” y “reporte de duplicados” que deben generar los sujetos que utilicen controladores fiscales de nueva tecnología deberán ser informados en forma mensual para los monotributistas y semanalmente por parte de los responsables inscriptos y los exentos de IVA. Similar tratamiento debe aplicarse a la generación de la “Cinta testigo digital”.
* Se extiende hasta el 30/6/2019 la posibilidad de utilizar el programa aplicativo AFIP DGI - RECE - Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos - versión 4.0.
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