Estudio Contable Yatasto
Estudio Contable Yatasto ofrece una amplia gama de servicios de los cuales incluye contabilidad, auditoria, administración, impositivo, laboral y financiero.
Nuestro asesoramiento se enfoca al crecimiento continuo de nuestros clientes.
11/05/2021
MONOTRIBUTISTAS 2020/2021
¿QUEDASTE EXCLUIDO?-CONSULTANOS
AFIP-LEY 27618-RÉGIMEN DE SOSTENIMIENTO E INCLUSIÓN FISCAL PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES.
07/05/2021
Régimen de Promoción de Generación de Empleo en el Norte Grande. Reducción de contribuciones patronales.
Nueva versión del aplicativo “SICOSS”.CATAMARCA, CHACO, CORRIENTES, FORMOSA, JUJUY, LA RIOJA,MISIONES, SALTA, SANTIAGO DEL ESTERO o TUCUMÁN.
CONSULTANOS
Boletín Oficial de la República Argentina Boletín Oficial de la República Argentina
06/05/2021
Bono de $18.000 para monotributistas y autónomos gastronómicos Pago mensual de Bono de $18.000 para monotributistas y autónomos gastronómicos. Consultar requisitos.
04/05/2021
https://www.facebook.com/602363003288325/posts/1596854307172518/
Bono de $18.000 para monotributistas y autónomos gastronómicos Pago mensual de Bono de $18.000 para monotributistas y autónomos gastronómicos. Consultar requisitos.
28/04/2021
DGR CORRIENTES 📑📑
DECLARACION JURADA ANUAL DE INGRESOS BRUTOS.TENES TIEMPO HASTA EL 30/04/2021 PARA SU PRESENTACION Y EVITAR MULTAS DERIVADAS POR EL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION FORMAL 📑
29/10/2020
El Gobierno prorrogó la moratoria impositiva hasta fines de noviembre Lo hizo a través de un DNU que modifica el plazo fijado por la ley; hasta ahora, se regularizaron deudas por $200 mil millones en 320 mil planes
29/10/2020
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP)
Desde el 29/10/2020 hasta el 04/11/2020 inclusive, estará abierta la adhesión al Programa ATP para asistencia financiera estatal, el cual comprende el pago de Salario de Octubre 2020.
21/10/2020
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL
1.-1° octubre de 2020
* $18.900,00 para todos los trabajadores Mensualizados.
* $94,50 por hora para los trabajadores Jornalizados.
2.-A partir del 1° de diciembre de 2020
* $20.587,50 para todos los trabajadores Mensualizados.
* $102,94 por hora para los trabajadores Jornalizados.
3.-A partir del 1° de marzo de 2021
* $21.600,00 para todos los trabajadores Mensualizados.
* $108,00 por hora para los trabajadores Jornalizados.
Se encuentran alcanzados todos los trabajadores comprendidos en:
1.-Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744.
2.-Régimen de Trabajo Agrario.
3.-Administración Pública Nacional.
Se establece un aumento de los montos mínimo y máximo de las prestaciones por desempleo fijados en la suma de $ 6.000 y $ 10.000.
10/10/2020
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP)
Las personas jubiladas y pensionadas que cobran el haber mínimo y las titulares de la AUH y AUE obtienen un reintegro del 15% en las compras que realizan con sus tarjetas de débito. El beneficio está vigente hasta fin de año.
08/10/2020
EMPLEADOS DE COMERCIO-PARITARIAS
1.-Pago extraordinario de $30.000, no remunerativo y de naturaleza excepcional, y se abonará en siete cuotas mensuales y consecutivas, de $5.000 cada una, a pagarse en los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2020, y de enero, febrero y marzo 2021.
2.-El adicional extraordinario se tendrá en cuenta para los adicionales de presentismo y antigüedad.
3.-Se contempla la incorporación a los salarios básicos de los $4.000 otorgados por decreto 14/2020 y los $2.000 pactados en el acuerdo 2019/20.
06/10/2020
PERSONAL DE LA SALUD
-Se extiende el pago de la asignación estímulo otorgada por el Decreto Nº 315 del 26 de marzo de 2020 por TRES (3) períodos mensuales y consecutivos adicionales a los establecidos en el artículo 2° del mencionado decreto, incluyendo como beneficiarios y beneficiarias a los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios relacionados con la salud en el primer nivel de atención del sector público, del sector privado y de la seguridad social.
-La asignación que se extiende por el artículo precedente es de carácter no remunerativo, alimentario y no podrá ser pasible de deducciones o retenciones, estando sujeta a las características, alcances y condiciones que se establecen en el Decreto Nº 315 del 26 de marzo de 2020 y sus normas complementarias.
-El Ministerio de Salud gestionara los pagos a través de Anses.
03/10/2020
No podrán comprar dólares:
1.-Si tenés un préstamo para refinanciar saldos de tarjetas de crédito.
2.-Si sos beneficiario de planes sociales o recibís del ANSES un subsidio alimentario, IFE y asignación universal por hijo.
3.-Si accediste al congelamiento del valor de las cuotas vencidas de préstamos personales, prendarias, hipotecarias o a la financiación MiPyME.
4.-Si sos empleado o empleada de empresas privadas que percibieron el programa ATP.
5.-Si no contás con ingresos justificables.
6.-Si superaste en el mes el cupo de 200 dólares para ahorrar o en consumos con tus tarjeta de crédito o débito.
7.-Si algún cotitular de tu cuenta en dólares adquirió el cupo de 200 dólares en la misma cuenta durante el mes.
8.-Si vendiste títulos con liquidación en dólares o realizaste transferencias de títulos a entidades depositarias del exterior en los últimos 90 días corridos.
9.-Si accediste a algunas de las siguientes líneas de crédito: Créditos a Tasa Cero, Créditos a Tasa Cero Cultura, Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas.
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